El Colegio Nacional de Periodistas (CNP), a través de su Secretaría de Organización Nacional, hace un llamado institucional a todos los graduados en Comunicación Social que aún no han formalizado su agremiación, a que procedan a inscribirse en el CNP, en su respectiva seccional.
Ivonne Andara, Secretaria de Organización Nacional, recordó que la inscripción en el CNP no es solo un paso administrativo, sino un requisito indispensable y obligatorio para ejercer legalmente el periodismo en el país, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Ejercicio del Periodismo.
«Nuestra misión es velar por el cumplimiento de la ley y garantizar que el ejercicio de nuestra profesión se mantenga bajo los estándares éticos y legales que la sociedad demanda. Por ello, instamos a los colegas a ponerse al día con su registro», señaló Andara.
Requisitos para la inscripción
Los profesionales interesados deben consignar la siguiente documentación en formato digital (JPG a color y legible):
Foto de frente con fondo blanco (tipo pasaporte).
Cédula de Identidad.
Imagen del Título Registrado como Licenciado(a) en Comunicación Social (con datos del Registro Público legibles).
Fondo Negro del Título Registrado.
Planilla de Inscripción.
Carta de Aprobación de la Seccional respectiva.
Notas Certificadas emitidas por la Universidad.
Inversión y Modalidad de Pago
El monto total a pagar es el equivalente a $42 (a tasa BCV), desglosado de la siguiente manera:
$27 (Junta Directiva Nacional): Transferir al Banco Mercantil, cuenta corriente N° 0105-0017-67-1017556539, a nombre del CNP / RIF J-00188205-7.
$15 (Seccional): Transferir a la seccional donde se realizará la inscripción.
Para mayor información, los interesados pueden comunicarse al número 0412-935.84.81 o a través de las redes sociales oficiales @cnpven.
Asimismo se recuerda el artículo dos de la Ley de Ejercicio del Periodista Venezolano:
Artículo 2. Para el ejercicio de la profesión de periodista se requiere poseer el título de Licenciado en Periodismo, Licenciado en Comunicación Social o título equivalente, expedido en el país por una Universidad, o título revalidado legalmente; y estar inscrito en el Colegio Nacional de Periodistas (CNP) y en el Instituto de Previsión Social del Periodista (IPSP). Los ciudadanos que cumplan con los requisitos establecidos en esta disposición, serán los únicos autorizados para utilizar el título de Periodista Profesional.
De igual forma el ejercicio ilegal del periodismo en Venezuela, definido como la usurpación de funciones por quienes no poseen título universitario en Comunicación Social y colegiación, conlleva penas de prisión de tres a seis meses, según el Artículo 39 de la Ley de Ejercicio del Periodismo. Con estas acciones se evita el ejercicio ilegal y el intrusismo.
Juntos hacemos gremio y defendemos nuestros derechos, ejerce el periodismo legalmente.